Decreto No. 00745 de 2002, por el cual se adopta el Himno Oficial del Departamento del Atlántico.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. 000745 DE 2002
DECRETO No. 000745 DE 2002
"POR EL CUAL SE ADOPTA EL HIMNO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO"
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y
CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Extensión Cultural del Departamento del Atlántico, promocionó y desarrolló un concurso abierto en 1976 para escoger el Himno del Departamento del Atlántico.
El Comité de Evaluación integrado por los maestros Manuel Ezequiel De la Hoz, Hans Neumann y Tica Emiliani, escogió la letra de la autoría de María Delina Alvarez (q.e.p.d.) y la partitura presentada por la especialista en música, solfeo y directora de coros doña Anita Zabaraín Bermúdez (q.e.p.d.)
El Himno del Atlántico fue interpretado por primer vez por un grupo de profesoras del Colegio de Barranquilla para Señoritas y de la Escuela Normal para Señoritas, en el marco de un acto celebrado el 15 de Junio de 1976 en el Teatro de Bellas Artes, con ocasión de un aniversario más de haber obtenido su reconocimiento jurídico el Departamento del Atlántico.
Teniendo en cuenta que era necesario adoptar nuevos arreglos musicales acorde con la realidad objetiva del movimiento artístico–musical y de desarrollo del Departamento, los mismos estuvieron a cargo del maestro Eliseo García.
El Himno del Atlántico fue grabado en la voz de Alcibiades “Checo” Acosta Agudelo, con la participación de la Banda de Músicos de la Escuela Naval de Suboficiales “ARC de Barranquilla”.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Adoptar como Himno oficial del Departamento del Atlántico, el grabado por la Banda de Músicos de la Escuela Naval de Suboficiales A.R.C. de Barranquilla, con la voz líder del Alcibiades “Checo” Acosta y los arreglos del maestro Eliseo García.
ARTICULO SEGUNDO: En los actos oficiales y privados que se cumplan en jurisdicción del Departamento del Atlántico, se entonarán las notas del Himno del Atlántico.
ARTICULO TERCERO: Del contenido del presente Decreto será informado el Presidente de la República, la Ministra de Educación, los Gobernadores de los restantes Departamentos Colombianos, Alcaldes Distritales, Municipales y Directores de Casas de Cultura.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Barranquilla, D.E.I.P., a los 5 días del mes de Septiembre de 2002.
VENTURA DIAZ MEJIA
Gobernador
Bandera del Departamento del Atlántico.
La bandera oficial del departamento del Atlántico fue acogida mediante decreto No. 000589 del 27 de noviembre de 1989. Rojo y blanco son los colores que identifican a los atlanticenses ante Colombia. Unos colores que la ciudadanía muestra con orgullo.
Decreto No. 00589 de 1989, por medio del cual se adopta la bandera oficial del Departamento del Atlántico.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. 000589 DE 1989
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO
DESPACHO DEL GOBERNADOR
DECRETO No. 000589 DE 1989
Por medio del cual se adopta la bandera oficial del departamento del Atlántico
El gobernador del departamento del Atlántico, en uso de sus facultades legales, y considerando:
Que por medio de la Ordenanza No. 18 del 21 de Noviembre de 1985, la honorable Asamblea Departamental abrió concurso para escoger la bandera oficial del departamento del Atlántico.
Que el Comité de Evaluación, en sesión celebrada el 6 de mayo de 1986, decidió conceder el premio único al joven Juan Orlando Correa.
Que con motivo de las bodas de diamante del departamento del Atlántico, dicha bandera fue enarbolada oficialmente en el Palacio de Gobierno en 1985.
DECRETA
Artículo primero: Adóptese, como bandera oficial del departamento del Atlántico, la que obtuvo el primer lugar en el concurso convocado mediante la ordenanza No. 18 del 21 de noviembre de 1985.
Parágrafo. La bandera adoptada mediante el presente decreto, tendrá las siguientes características: Su forma será la de un rectángulo, cuyas medidas estarán en la proporción de tres (3) de alto por cinco (5) de largo. El pabellón se dividirá en tres franjas longitudinales de igual altura, cuyos colores serán blanco, para las dos franjas exteriores, y rojo para la franja de la mitad.
Artículo segundo: Las oficinas públicas y privadas, colegios y demás entidades con sede en el departamento del Atlántico izarán el pabellón del Atlántico en la fecha celebratoria de la creación de nuestro departamento, así como en todos aquellos actos y fechas cívicos y patrióticos conjuntamente con las banderas de Colombia y Barranquilla.
Artículo tercero: El presente decreto será comunicado al señor Presidente de la República, a los Gobernadores de los departamentos de Colombia, al señor Ministro de Educación, al señor Director de Colcultura, a los centros de historia y entidades cívico culturales de todo el país y a los medios de comunicación social.
Comuníquese y cúmplase. Dado en Barranquilla, a los 27 días de Nov. 1989.
Edgardo Sales Sales Matilde Colina de Fortich
Gobernador Secretaria General
Escudo del Departamento del Atlántico.